Paz y Salvo de la contribución de valorización departamental. Un inmueble está a paz y salvo por concepto de contribución de valorización, cuando el contribuyente ha cancelado totalmente la obligación; caso en el cual la Unidad Administrativa Especial de Impuestos, Rentas y Gestión y Tributaria - Subgerencia de Gestión de Cobranzas, o quien haga sus veces, expedirá el correspondiente certificado para efectos notariales.
Para transferir el derecho de dominio que un contribuyente tenga sobre el inmueble al cual se le han asignado gravámenes por concepto de valorización, sólo se podrá expedir la cancelación de la inscripción del gravamen a las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, cuando la contribución esté totalmente cancelada. En el evento de no estar cancelada, sólo se expedirá una autorización para el registro de la correspondiente escritura, siempre que se reúnan los siguientes requisitos:
(FUENTE: Artículo 222 de la Ordenanza 474 del 22 de diciembre de 2017 “POR LA CUAL SE ESTABLECE EL ESTATUTO TRIBUTARIO Y DE RENTAS DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA”.
El archivo PDF será enviado al correo electrónico registrado y autorizado su envió por el ciudadano.
Para la expedición del certificado de Paz y salvo de la contribución de valorización departamental, en el que los predios presentan modificaciones en cuanto a cambios de propietario (s) y del capítulo de desenglobe; es necesario que el ciudadano se acerque a las instalaciones de la Gobernación del Valle anexando los siguientes documentos:
Estampillas: $ 42.800 (vigencia 2024) la cual se podrá liquidar a través del siguiente enlace https://serveriissar.valledelcauca.gov.co/ y seguir las instrucciones dadas en el Manual de usuario.
Horario de atención al púbico Para la atención deberá acercarse a las instalaciones de la Gobernación en el primer piso ventanilla 1 en los siguientes horarios: Horario atención: Lunes a jueves: de 7:30 am a 5:30 pm Viernes: de 7:30 am a 4:30 pm